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Bienes públicos vistos a través del emprendimiento

Los bienes públicos, en la teoría económica dominante, son bienes no rivales, en los que una persona que utiliza un bien no impide que otra pueda hacer lo mismo, y no excluyentes, en los que los propietarios de los bienes públicos son generalmente incapaces de restringir el acceso de nadie al bien. Algunos ejemplos comunes son el alumbrado público, como las farolas, la radio, los espectáculos pirotécnicos, las defensas militares y las defensas contra las inundaciones.

Para la corriente dominante, los bienes públicos presentan un problema económico y social. En su opinión, la falta de rivalidad y excluibilidad permite la existencia de «free riders», lo que elimina el ánimo de lucro para proporcionar el bien y, por tanto, el incentivo para proporcionarlo en primer lugar. Esto significa que el mercado por sí solo no produciría suficiente alumbrado público, radio y defensa. Por lo tanto, dado que el mercado ha fracasado, el Estado debe proporcionar estos bienes en una cantidad lo más cercana posible a la óptima.

La mayoría de las críticas a la economía austriaca se centran en la afirmación errónea de que la coerción del Estado es más «eficiente» que las acciones voluntarias de los individuos. Otros pueden optar por desacreditar la visión dominante de un bien, que se fija erróneamente en el material físico en lugar de en los deseos subjetivos del individuo que lo han convertido en un medio para alcanzar un fin. Aunque ambas críticas son importantes, hay un aspecto olvidado. Pocos se han centrado en la afirmación de la corriente dominante de que no hay potencial de beneficio (o no hay potencial adecuado) para los bienes que cualquiera puede consumir y a los que puede acceder en cualquier momento, lo que significa que, en la teoría dominante, el mercado para ese bien siempre estará en desequilibrio. Esta afirmación es toda la base de la existencia del problema y es la razón por la que la corriente dominante utiliza formalmente los bienes públicos para justificar la intervención del Estado. Suponiendo que haya buenas intenciones, se trata ante todo de un error derivado de la incapacidad de la corriente dominante para incorporar al empresario en sus teorías económicas.

La estructura empresarial de las industrias tradicionales se centra principalmente en la excluibilidad. Debido a la excluibilidad de un bien, los empresarios pueden cobrar antes del intercambio, como quien compra en una tienda de comestibles, o de la entrada, como la entrada al cine. Otros sectores en los que el bien es excluible pero en los que el empresario cobra después de consumirlo tienen una estructura empresarial similar, como en la mayoría de los restaurantes, donde la cuenta se presenta después de comer y no antes. Esto es relevante para la estructura empresarial del empresario, en particular, ya que los consumidores pagan al empresario porque valoran más tener el bien que el dinero.

Una vez eliminada la excluibilidad, el empresario ya no dispone explícitamente de los ingresos generados por el suministro de bienes al consumidor. Sigue siendo una cuestión de estructura empresarial. El empresario debe seguir generando beneficios al servir a los consumidores, pero ahora también tiene que tener en cuenta a los «free riders», por lo que la lógica es diferente. Dado que la adquisición del bien por parte del consumidor no está condicionada al pago, el empresario no sólo debe convencer al consumidor de que elija su bien frente a las demás opciones disponibles, sino que también debe convencerle de que merece la pena pagar por el suministro del bien en el futuro. La estructura empresarial, por tanto, debe tener en cuenta la comercialización, en cualquiera de sus formas, no sólo hacia el consumidor por elegir inmediatamente el bien del empresario, sino también hacia el futuro. El empresario debe comercializar y hacer hincapié en el patrocinio del consumidor como medio para el suministro continuo del bien.

Una pequeña industria que se ha desarrollado a lo largo de mi vida ha surgido en torno a un bien público que demuestra estos principios. Los videoensayos, los vídeos de juegos, los vlogs, los vídeos educativos y cualquier otro tipo de vídeo que se suba regularmente a YouTube o plataformas similares son bienes públicos. El productor de los vídeos no tiene forma de excluir a nadie de ver el vídeo hasta que pague al productor, y el hecho de que una persona vea el vídeo no prohíbe de forma significativa que otra lo vea.

Según la teoría dominante, dado que esta forma de entretenimiento es un bien público, no puede ser suficientemente proporcionada por agentes privados. Su audiencia tendría una parte de free riders que impedirían a la industria alcanzar niveles de equilibrio en la oferta. Aunque sería una tontería sugerir que el Estado debe ayudar a proporcionar vídeos como resultado, esta es la lógica utilizada para justificar la provisión por parte del Estado de otros bienes públicos. Como cualquiera puede ver por los beneficios generados por cualquier número de productores de vídeos de YouTube y la abundancia de vídeos que se suben regularmente al sitio web con ánimo de lucro, la teoría dominante se cae por su propio peso. Aunque algunas personas puedan quejarse de que se produzca o no un tipo concreto de vídeo, las quejas no se deben a que los vídeos sean un bien público, sino a que un empresario, en este caso un productor de vídeo, aún no los ha proporcionado o ya los ha proporcionado y no ha podido obtener beneficios.

Estos productores de vídeo de éxito pueden disfrutar de un flujo continuo de ingresos procedentes de sus producciones principalmente gracias a su marketing. De la forma mencionada anteriormente, los productores de éxito comunican a sus consumidores que la producción futura de más vídeos es más valiosa que cierta cantidad de dinero en manos del consumidor. Como la gente cree que disfrutará más de los futuros vídeos que del dinero, paga al productor de vídeo.

La lógica que vemos con la producción de vídeo y los pagos puede aplicarse a cualquier otro bien público. Es muy fácil imaginar que, con una comunicación adecuada al consumidor, los empresarios podrían suministrar alumbrado público a las ciudades sin ninguna intervención estatal, convenciendo a los consumidores de que paguen por el futuro suministro de alumbrado público. El mismo razonamiento se aplica a la defensa, donde el proveedor del servicio podría comunicar claramente que si la empresa no es rentable, los consumidores prescindirán en el futuro de la defensa proporcionada. En resumen, es posible obtener beneficios de la provisión de bienes públicos.

Al abogar por políticas intervencionistas, la corriente dominante ha dejado de lado al empresario, lo que constituye un grave error de razonamiento, y utiliza erróneamente ese error para justificar la intervención estatal. La reintroducción del empresario y su estructura empresarial en el razonamiento económico ha resuelto el problema del ánimo de lucro y el incentivo para proporcionar bienes públicos. Esto invalida toda la concepción de la corriente dominante de que los bienes públicos son un problema en un mercado libre, lo que significa que el mercado no ha fracasado. Por lo tanto, no tiene sentido que el Estado los proporcione en lugar de los agentes privados.

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